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IR a la nueva página actualizada El proceso concursal-falencial pone bajo una nueva visión las
reglas del derecho patrimonial común: las relaciones contractuales, laborales,
societarias, administrativas... Todos los vínculos jurídicos quedan afectados
por la insolvencia, hecho económico que incumbe a la universalidad jurídica que es el
patrimonio. Ante lo cual la ley intenta mantener el equilibrio de los intereses
económicos involucrados. Por otra parte, el proceso de globalización económica -aunque más difundido hoy, no por ello nuevo- importa relaciones jurídicas multinacionales y radicación de bienes bajo jurisdicciones diversas. ProgramaEl género de estos procesos pueden ser diferenciados en dos tipos o etapas: el concurso preventivo y la quiebra. Mientras el primero intenta resolver la insolvencia del deudor, bajo la vigilancia y control jurisdiccional; en la segunda se persigue la liquidación de los bienes del patrimonio para la distribución del producido entre los acreedores. La ejecución colectiva tiene su específicos modos de recomposición patrimonial, pero ha perdido su carácter sancionatorio priorizando la recuperación de los operadores y de los sectores afectados del mercado.
BibliografíaSe indicará en clase para cada tema, sin perjuicio de la señalada en la sección Doctrina y los Esquemas y Modelos
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