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A) Formulario Nº1
B) Dictamen de precalificación emitido por Escribano público si la sociedad se constituye por escritura pública o, por Abogado, si se constituye por instrumento privado y por graduado en ciencias económicas, si todos o parte de los bienes aportados no son sumas de dinero. SOCIEDADES NO ACCIONARIAS
C) Formulario Nº 3 de reserva de denominación social, si ésta se hubiere efectuado y estuviese vigente.
D) Testimonio original de la escritura pública de constitución, o instrumento privado -con sus firmas certificadas por Escribano público, o bien ratificadas ante la INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA-, con copia simple y protocolar. Instrumento Público: testimonio original, copia simple y copia protocolar (margen ancho 8 cm.). Instrumento Privado: se debe acompañar original, copia simple y copia protocolar, con firma certificada por Escribano público o autoridad competente o ratificadas ante funcionario del Organismo. En las reformas de estatutos de sociedades por acciones se deberá -opcionalmente- cumplir con la certificación de escribano público prevista en el Art. 31 de la Resolución I.G.P.J. (G) Nº 6/80 («Normas I.G.J.») o con la declaración jurada de Escribano público, Abogado o graduado en ciencias económicas -con su firma legalizada- prevista en la Resolución (G.) I.G.J. Nº 9/87. Importante: Debe tenerse en cuenta que los instrumentos públicos o privados que contengan la transcripción de actos, datos o elementos contables extraídos de libros sociales, deberán especificar los folios correspondientes y el nombre del libro y sus datos de rúbrica e individualización (número y fecha de la misma). Ello es exigible con carácter general, aún cuando entre los requisitos de cada uno de los trámites detallados en esta guía no aparezca indicado expresamente. Los trámites en los que intervengan profesionales o autoridades de ajena jurisdicción, deberán contar con la legalización pertinente, en su caso. E) Instrumento de fijación de la sede social -con los recaudos de autenticidad del punto D)-, cuando la misma no conste en el acto constitutivo, con copias simple y protocolar.
F) Boleta de depósito en el Banco de la Nación Argentina de aportes dinerarios y/o la documentación que corresponda a aportes no dinerarios conforme a la Resolución I.G.P.J. (G.) Nº 6/80 («Normas I.G.J.»). (El depósito de los aportes dinerarios debe ser por el mismo porcentaje previsto en el contrato, que por ley no puede ser inferior a un veinticinco por ciento (25%.)
G) La aceptación del cargo por los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, en su caso, si no comparecieron al acto constitutivo, con sus firmas certificadas notarialmente o ratificadas ante este Organismo. De dicha documentación se acompañará copia común y protocolar.
H) Tasa Retributiva. ANEXO III – FORMULARIOS Y FOJAS DE ACTUACIÓN - VALORES Importante: Tenga en cuenta que los trámites URGENTES requieren dos y tres timbrados de arancel, según el caso.
(*) Se utiliza la misma foja que para la individualización y rúbrica, con el valor inferior indicado en la tabla I) Aviso en el Boletín Oficial, conforme al art. 10 de la Ley Nº 19.550 de sociedades comerciales.
PROCEDIMIENTO I. PRESENTACIÓN: Todos los trámites se presentan en el horario de 9:30 hs. a 11:00 hs. por área especial de Mesa General de Entradas, excepto: a) Los trámites de matrículas individuales (comerciante, martillero, corredor y despachante de aduana) se presentan por Mesa de Entradas del Area Matrículas del departamento Registral (2º piso, ascensor derecha); b) Los trámites de rúbrica de libros se presentan por Mesa de Entradas de dicha Area (entrada por Moreno Nº 251) hasta las 11:30 hs.
II. RETIRO DEL TRÁMITE CUMPLIDO: Horario: a partir de las 16:30 hs. del mismo día de presentación o de contestación correcta de vista u observación, si la hubo. En los trámites de rúbrica de libros, las obleas se emiten y pueden retirar dentro de las 2 horas de iniciados o de contestada la vista u observación. Lugar: por Mesa General de Entradas, excepto: a) Los trámites de matrículas individuales y rúbricas de libros, se retiran por los mismos sectores por donde se presentaron; b) En las inscripciones ordenadas por la Comisión Nacional de Valores, la documentación se devuelve a ésta en horario administrativo hábil para que el interesado la retire de dicho organismo.
III. VISTAS U OBSERVACIONES: Se notifican el mismo día de la presentación: 1) Hasta 13:00 hs. en Mesa de Entradas de Departamento de Precalificación; 2) De 13: a 15: 00 hs. en Mesa General de Entradas; 3) En los trámites de matrículas individuales y rúbricas de libros, las notificaciones son siempre hasta las 13:00 hs. en la Mesa de Entradas por la que se iniciaron. Si antes de las 13:00 hs. se contestan correctamente, el trámite se cumple y se puede retirar ese mismo día.
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